sábado, 2 de mayo de 2020




CONSTITUCIÓN POLÍTICA. DÉCIMO “A”
TEMA: Menores: Entre la educación y el castigo
CARLOS E. CAÑAR SARRIA

Es mejor educar que castigar, pero cuando la educación no da buenos resultados hay que optar por el castigo. Si es necesario adelantar la mayoría de edad y acrecentar las penas hay que hacerlo. Si aún están dadas las condiciones y es prudente y oportuno enfatizar en la educación, debe ser impostergable. El debate sobre la prevención de los delitos o aumento de penas y cárcel para adolescentes y menores de acuerdo a las cometidas faltas está sobre el tapete. Gobernantes, legisladores, miembros de la rama judicial, del Ministerio Público, la denominada sociedad civil y otros actores sociales están muy preocupados por la ola de inseguridad, el aumento de crímenes por parte de menores o adolescentes y por el alto grado de impunidad reinante en un país cuyos jóvenes y menores hacen de las suyas sin que pase nada.  Cuando los menores se les salen de las manos a las familias y a la misma sociedad, se generan los elementos básicos para el engendro de una sociedad enferma. Una sociedad permisiva e indiferente con vocación suicida. El Código del Menor debe ser revisado y ajustado a una realidad cambiante. La senadora del Partido Verde, Gilma Jiménez con un proyecto de ley de su autoría que pretende un endurecimiento de los castigos con condenas mínimas de 10 años y la penalización de menores que incurran en delitos sexuales o lesiones personales agravadas. El debate da para todo. Que no se pueden desatender las causas que generan la delincuencia juvenil; que a los 14 años se está en condiciones de discernir entre el bien y el mal y por lo tanto estos menores están en  condiciones de asumir responsabilidad ética y social; que el problema no son los niños sino de quienes los utilizan;  que la sociedad es la responsable por no asumir criterios de prevención;  que es menester a los menores aplicarles un tratamiento penal disuasivo; que las penas se paguen en la cárcel y que quien mata como adulto  pague como adulto; que son necesarios verdaderos centros de rehabilitación  de  menores, etc.
                 Por lo visto el debate está enfocado entre la educación profiláctica y el castigo severo. Pensamos que si la educación ha fracasado es necesaria primero la ley y sobre ella educar tanto a menores como a jóvenes y adultos, enseñarles por qué no son rentables los delitos y los crímenes. Unas leyes severas, una justicia verdadera pronta y oportuna podrían hacer pensar muchas veces a los potenciales delincuentes antes de incurrir en la violación de la ley. Primero la ley, después la pedagogía. El Tiempo, en la edición de ayer comenta el caso de un adolescente de 15 años que raptó a una niña de dos años, la violó, la golpeó e hirió varias veces con navaja que al final le produjeron la muerte. Cumplidos tres años del crimen el responsable está a punto de recobrar la libertad después de ser condenado a tres años en un centro de protección especial para su resocialización.
                 Hegel en la Filosofía del Derecho habla del espíritu subjetivo que comprende la realización del espíritu en el mundo de la libertad a través de la voluntad. Se trata de una dialéctica entre derechos y deberes en situaciones concretas: a) La existencia externa e inmediata del derecho basado en el concepto de libertad mediante el cual cada hombre es libre para actuar siempre y cuando su acción no esté prohibida.  Es importante el respeto mutuo entre las personas. El derecho es de naturaleza exterior y de carácter coactivo, b) La existencia interna, que significa que el valor moral surge cuando el derecho es aceptado internamente por la conciencia.  Cuando el hombre a través de su inteligencia individual se adhiere a la ley; c) La ética que caracteriza la etapa en que el individuo adquiere conciencia del derecho, reconocimiento interior de la observancia de la ley. En otras palabras, una pedagogía de derechos y deberes, la libertad de las personas determinada por la ley, el conocimiento y asimilación de la ley podría derivar una sociedad caracterizada por el respeto al otro, la responsabilidad ética y moral y por la convivencia civilizada. Los legisladores deben tener en cuenta que las leyes son buenas por ser útiles.
                  La Procuraduría General de la Nación, recientemente enfatizó en la vigilancia de los establecimientos educativos para que enseñen a los estudiantes Constitución Política, instrucción cívica, valores humanos, tal como lo concibe la Ley General de la Educación.  Lo mismo respecto a la protección del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales. Tareas en que desde hace varios años muchas instituciones educativas están empeñadas, lo que habría que evaluar serían los resultados.

EJERCICIO:
1)      Ante el hecho de menores criminales, ¿Cómo observas el actual debate y cuál es tu posición?
2)      “Primero la ley, después la pedagogía” ¿Estás o no de acuerdo con esta posición?  Argumenta críticamente.
3)      ¿Qué piensas de la justicia y el caso del adolescente de 15 años?
4)      Comenta la referencia del pensamiento de Hegel.
5)      ¿Consideras o no que en tu institución educativa se hace énfasis en el estudio de la Constitución Política, del Código del Menor, en valores humanos y en convivencia civilizada entre seres humanos y entre éstos y la Naturaleza? Argumenta críticamente.

OBSERVACIONES: El análisis del presente documento se hará en los respectivos equipos de trabajo, de acuerdo a la programación institucional  del próximo miércoles 6 de mayo 2020 y el plazo de entrega es el viernes 8 de mayo a la 1:30 p.m. ( fotografías de hojas de cuadernillo cuadriculadas o en Word) correo: carcanar@franciscanas.edu.co





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